UNA tarea inaplazable: la necesidad de replantear
- el sentido,
- la representatividad y
- lapráctica
del llamado "sindicato de clase trabajadora".
Para empezar, "el sentido".
- ¿Qué sentido tiene hoy el sindicato de clase trabajadora en una España en que más de las dos terceras partes del empresariado es autónomo o se inscribe en una pequeña y mediana empresa que emplea pocos trabajadores?
- ¿Qué sentido tiene hoy el sindicato de clase trabajadora en un mundo globalizado que sobrepasa fronteras e intereses regionales a velocidad de vértigo?
- ¿Qué sentido tiene hoy el sindicato de clase trabajadora en España, así como en el mundo desarrollado, cuando la industria cede el paso a la producción de mercancías de creciente valor añadido que incorporan alta tecnología y cualificación profesional y técnica?
Unas preguntas que tienen su respuesta:
- cuando el empresario es el trabajador,
- cuando los trabajadores están empleados en pequeñas unidades de producción y tienen unos intereses que generalmente difieren de los de la clase a la que se dice que pertenecen,
- cuando las decisiones empresariales se toman en función de otras decisiones tomadas por empresarios emplazados más allá de las fronteras regionales,
- cuando la clase trabajadora se ha segmentado en función de la habilidad profesional y la cualificación técnica,
- cuando eso ocurre, el sindicato de clase trabajadora pierde el sentido.
En el mejor de los casos, sólo tiene sentido para un número cada vez más reducido de trabajadores empleados en industrias de tecnología y cualificación discretas.
En general, dicho sindicato deviene una organización corporativa y gremial -vertical, podríamos añadir- que defiende unos intereses personales e intransferibles que no son los de una clase trabajadora que, por lo demás, no existe como tal.
- ¿Quién es capaz de asegurar qué trabajadores pertenecen o no a la clase trabajadora y en función de qué criterio?
- ¿Quién es capaz de señalar cuáles son los intereses de la -en singular- clase trabajadora?
- ¿Por qué los intereses que dicta el sindicato de clase trabajadora han de corresponder necesariamente con los intereses de los -en plural- trabajadores?
- En definitiva, el sindicato entendido al modo tradicional pierde el sentido que tuvo en el XIX y primera mitad del XX.
La pérdida del sentido conduce a la representatividad.
- ¿A quién representa un sindicato de clase trabajadora que se caracteriza por el bajo número de afiliados, que en las elecciones sindicales moviliza a un escaso número de trabajadores y, en consecuencia, resulta ajeno a la mayoría de quienes dice representar?
- ¿Cómo es posible que este sindicato tenga la pretensión de enmendar, bajo presión, la política de un gobierno -por ejemplo: el salario mínimo, el gasto público y otras variables que influyen poderosamente en la marcha de la economía- que ha sido elegido democráticamente por la ciudadanía?
- El sindicato, sin legitimación política real, intenta apropiarse de un derecho y un poder que nadie le ha otorgado.
A lo sumo, como señala la Constitución, «los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que le son propios».
Y ya que hablamos de representatividad y democracia, me van a permitir que me meta en camisa de once varas. Si la representatividad del sindicato de clase trabajadora es un asunto que replantear y revisar -con lo que ello conlleva-, también lo es la cuestión de la democracia interna de dicho sindicato.
Y es que el corporativismo y el gremialismo subrayados se traducen en una organización de rasgos frecuentemente autoritarios en que la elite dirigente no sólo determina la táctica y estrategia que seguir -cosa lógica en toda organización-, sino que tiene a su alcance y disposición los métodos necesarios para cooptarse en el poder.
En este sentido, el sindicato de clase trabajadora es, con toda probabilidad, una de las organizaciones civiles modernas que más se aleja -más, incluso, que los partidos políticos- del funcionamiento democrático.
No es exagerado afirmar que, como señalara George Bernard Shaw, «ningún rey tiene tan seguro el lugar de trabajo como un dirigente sindical».
"Dirigente"
Todo un detalle, que durante décadas -perdonen la demagogia de los hechos- ejerce el cargo sin bregar en fábrica o departamento. Y, por tirar del hilo, los sindicalistas liberados, es decir, quienes en teoría representan más directamente a los trabajadores, también se pasan décadas -más demagogia de los hechos- sin bregar en fábrica o departamento.
Por cierto -sigue la demagogia de los hechos-, dichos liberados nunca pierden el lugar de trabajo cuando la empresa solicita, por ejemplo, un expediente de regulación de empleo. La realidad supera la ironía del comediógrafo irlandés George Bernard Shaw.
Finalmente, resta hablar de "la práctica" del sindicato de clase trabajadora
El sindicalismo corporativo y gremial, que con frecuencia suele ser una rémora para el desarrollo económico y el trabajador que dice representar, debería ceder el paso a un "sindicalismo liberal".
¿De qué se trata?
En primer lugar, dicho sindicalismo no debería oponerse
- a la globalización económica liberal
- ni al incremento de la productividad y la competitividad.
Y ello, porque eso beneficia a los intereses, no sólo de empresarios, sino también de trabajadores y ciudadanos.
El "nuevo sindicalismo" -que a buen seguro necesita de nuevos sindicalistas- debería impulsar otras prácticas. Por ejemplo:
- la liberalización del mercado laboral, que implicaría más posibilidades de encontrar trabajo para los desempleados;
- la flexibilización de plantillas, que abriría la posibilidad de nuevas contrataciones ahora casi imposibles por el miedo de las empresas a un empleo casi vitalicio que puede llegar a hipotecar su futuro;
- la reestructuración de las plantillas de las empresas en crisis, que daría la oportunidad de encontrar un nuevo empleo a los trabajadores amenazados por la inminente pérdida del puesto de trabajo;
- la moderación salarial, que repercutiría en la generación de empleo;
- la lucha contra el absentismo laboral y la generalización de contratos laborales individuales -sueldos incluidos- entre trabajador y empresa en función de la cualificación profesional y el rendimiento de cada trabajador, que distinguiría el trabajador productivo del improductivo;
- la supresión de la cultura de la subvención, que permitiría recolocar a trabajadores en otros sectores y liberar recursos públicos para dedicarl
- la limitación del derecho de huelga en algunos sectores, que respetaría determinados derechos fundamentales como
- el acceso a la salud o la educación y
- la libre circulación de personas y mercancías.
- Hay que replantear la naturaleza y rumbo del sindicato de clase trabajadora.
- Hay que revisar el corporativismo y gremialismo de una institución,
en buena medida a cargo del presupuesto público, que disfraza el interés particular de general.
Se objetará que el sindicato de clase trabajadora español ha dado pruebas de moderación y cooperación desde los años de la Transición. Cierto. Pero, ello no basta.
Y es que dicho sindicato, prisionero de su discurso, limitado por afectos y lealtades, seducido y abandonado por una historia que le niega el papel de sujeto privilegiado, e insertado en una realidad en donde compiten los más diversos y plurales intereses, no es el más adecuado para nuestro tiempo.
El sindicato de clase trabajadora debe reconsiderar su manera de ser y actuar por el bien de todos
Como si de un anuncio clasificado se tratara, ..."se precisa sindicato moderno con buena presencia".
MIQUEL PORTA PERALES - "ABC" - Madrid - 1-6-2009
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