domingo, 24 de junio de 2012

Salario y Ganancia


El viernes pasado por la mañana, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se enojó primero con De Vido y después fustigó a Moreno, al enterarse “por los diarios” de que Hugo Moyano daría una conferencia de prensa esa tarde anunciando que se levantaba el paro porque habían llegado a un acuerdo con el titular de la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (Fadeeac), por el que el gremio de los camioneros obtenía un aumento salarial del 25,5%.
Moyano dejó bien clarito, luego en la conferencia de prensa, que
- no se dormiría en los laureles del triunfo, sino que
- retomaría las medidas de fuerza el próximo miércoles
  con un paro general para
- exigir la actualización del mínimo no imponible del
  Impuesto a las Ganancias,
- el piso de Asignaciones Familiares y de paso
- protestar por las denuncias penales que recibió por parte
  del Gobierno nacional.
En particular, el reclamo de Ganancias viene a cuento de que
- el mínimo no imponible del impuesto que en 2001 era
  de 4.750 pesos anuales,
- asciende hoy solamente a $12.960 cuando
- de haberse aplicado el ajuste por inflación mayorista que
  indica el artículo 25 de la Ley de Impuesto a las Ganancias,
- debería ascender hoy a $25,222, incluso tomando por
  ciertos los datos del INDEC
Lo mismo sucede con
- la deducción por cónyuge, que es de $14.400 anuales,
- cuando debería ser de acuerdo a la Ley,
- de $20.178
Similar situación se produce con
- la deducción especial que asciende también a $12.960
  anuales cuando
- debería ser de $31,860 para el caso de los trabajadores
  autónomos y
- de $152,928 para los que lo hacen en relación de
  dependencia, puesto que
- contrario a lo que piensa la opinión pública, de hecho
- la Ley prevé expresamente en el inciso c) del artículo 23
- que dicha deducción especial se eleve 3,8 veces cuando
  se trate de asalariados,
- por reconocer que esa es una ganancia del trabajo propio
  y no de otras fuentes, y que
- debe ser tratada de modo diferente.

Los valores de la Ley
En resumen si se cumple al pie de la letra con el artículo 25 de la Ley, pues
- un trabajador asalariado soltero
- no debería pagar Ganancias si
- tiene ingresos de bolsillo menores a
- los $13.703 mensuales,
- al tiempo que alguien casado y con un hijo debería
- quedar exento si gana menos de $15.365
Pero claro,
- cumplir con la Ley y actualizar el mínimo no imponible
- ocasionaría una caída importante en la recaudación del
  Gobierno.
En el último número de la Revista del CIEPYC, el economista Alfredo Iñiguez estima que
- el impuesto a las Ganancias que recaudaba 3% del PBI
  en los mejores años de la década del 90’
- estaría llevándose 5% del PBI en la actualidad, y
- en particular la parte del impuesto que pagan las personas
  físicas (por opuesto a las sociedades)
- se habría duplicado en los últimos 12 años.
Resulta lógico, en tanto, que, según explica el mismo autor,
- en el año 2000 pagaban sólo 462.099 asalariados y
- en el 2010 ya lo hacían    1.208.392.
Dicho esto, es importante notar que
- nuestro país tiene niveles muy bajos de participación
  del Impuesto a las Ganancias
- en comparación a la mayor parte de los países
  desarrollados
En Argentina, aún con
- los niveles altísimos de recaudación producto de
- la falta de actualización de los mínimos no imponibles,
- sólo un 20% de los recursos del Estado entran por
  dicho impuesto,
de acuerdo a una reciente investigación del Instituto Argentino de Análisis Fiscal, mientras que
- en los países europeos, un 33% de la recaudación
   proviene de ese tributo y
- en Estados Unidos un 37,7% del gasto se financia
   a partir de impuestos a las ganancias personales.
Lo habitual en estos países es que
- la mayoría de los habitantes paguen Ganancias, estando
- el mínimo no imponible asociado a la línea de pobreza para
- garantizar que sólo aquellos que pasan necesidades queden
  exentos.

Para el debate
Pero además, es pertinente resaltar que
- sólo el 7% de los trabajadores argentinos tributan
  Ganancias y que
- en cambio todos y también los desocupados pagan
- el 21% de IVA cada vez que van al supermercado o
- el 27% cuando le cargan crédito al celular.
Esto no es una cuestión menor, puesto que según las estimaciones del trabajo de Jorge Graggero y Darío Rossignolo del CEFIDAR, en el caso de Impuesto al Valor Agregado (IVA),
- el 20% más pobre de la población,
- que posee sólo el 3,75% de los ingresos,
- paga el 4,92% del total del IVA, mientras que
- el 20% más rico, que ostenta el 54,04% del ingreso
- sólo abona el 48,64% de ese impuesto.
En cambio, sumando el Monotributo y Ganancias de personas físicas,
- el primer quintil, 20% más pobre,
- no paga absolutamente nada, mientras que
- el 20% de ingresos más altos
- paga el 91,32% de ese impuesto.
En el idioma de Cervantes:
- Ganancias resulta ser el impuesto más progresivo del
  sistema tributario,
- por lo que parece razonable avanzar hacia una
  masificación de ese impuesto con
- una concomitante reducción de los impuestos internos
  y del IVA, los dos impuestos más regresivos.
De cualquier modo que sea, resulta crucial que
- el ajuste no se produzca por efecto de la inflación,
  sino que
- la discusión se dé en el Congreso de la Nación, donde
- los ciudadanos representados por sus legisladores,
  seguramente
- elegirán la mejor combinación de impuestos.
Martín Tetaz - El Día - La Plata - 24-Jun-2012

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